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Parque Sarmiento: amparo de vecinos y entidades porteñas contra las concesiones y recitales

El sábado hubo una protesta en el pulmón verde del barrio.

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Foto: Saavedra Online

El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos (integrada por el Observatorio del derecho a la Ciudad, la Cátedra de Ingeniería Comunitaria y el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas) junto a Vecinos X Saavedra presentaron una acción de amparo para terminar con el arancelamiento del parque, dar de baja las 12 hectáreas privatizadas y suspender el recital previsto para el 9 de marzo, por afectar la biodiversidad de este espacio verde fundamental para la Ciudad.

Asimismo, este sábado por la tarde las entidades realizaron una protesta en el pulmón verde del barrio.

“El Parque Sarmiento es un bien de dominio público del GCBA. Está zonificado como Urbanización Parque y tiene dos sectores que son Áreas de Reserva Ecológica (ARE). Por ley debe garantizarse su “uso público”. Sin embargo, actualmente, 12 hectáreas del Parque están privatizadas (ver cuadro), donde los privados administran canchas de fútbol, confiterías, estacionamientos. La privatización incluye hasta un sector del Parque que por el Código Urbanístico es el Área de Reserva Ecológica Norte (ARE), que fue entregada al Belgrano Athletic Club –institución que cobra membresías por arriba de los 800 mil pesos- para que construya tres canchas de Rugby”, explicaron las entidades en un comunicado.

“El amparo solicita que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de cada una de las privatizaciones (concesiones o permisos de uso) realizadas en sectores del Parque Sarmiento y se destinen dichos sectores a uso público con acceso irrestricto. El 9 de marzo está programado un recital de dos bandas: Motley Crue y Def Leppard, el amparo solicita se declare la nulidad e inconstitucionalidad de todo permiso que autorice la realización de recitales o megaeventos musicales en el Parque Sarmiento por violar la Constitución Nacional y la Constitución de la Ciudad que protegen a la biodiversidad contra la contaminación acústica. Es recital se hará en el lugar donde las Lechucitas Vizcacheras tienen sus nidos y al lado de los dos sectores del parque que son Área de Reserva Ecológica”, sumaron.

“Asimismo, solicita se declare la inconstitucionalidad de la ley que dispone un arancel de ingreso, pues al ser un parque público debe ser de acceso irrestricto. Por último, se solicita la elaboración e implementación de un Plan de Manejo del Parque Sarmiento para su puesta en valor y preservación mediante sistemas de verdadera democracia participativa ambiental. La medida cautelar solicitada es URGENTE porque el recital mencionado está previsto para el 9 de marzo”, concluyeron.

Se interpuso acción de amparo colectivo ambiental contra el GCBA con el OBJETO de que:

1. Se declare la nulidad y la inconstitucionalidad de cada una de las privatizaciones (concesiones o permisos de uso) realizadas en sectores del Parque Sarmiento y se destinen dichos sectores privatizados a uso público con acceso irrestricto, por violar la Ordenanza N° 46.229; por violar el carácter de uso público de las áreas Urbanización Parque; por lesionar el principio de progresividad con relación a los espacios verdes públicos y a los espacios públicos establecido en el art. 27, inciso 3 y 4 de la Constitución de la Ciudad; por no cumplir con la convocatoria y realización de la audiencia pública obligatoria que dispone el art. 63 de la CCABA, ni se convocó a ninguna instancia de participación ciudadana formal y previa que garantice los derechos reconocidos en el art. 7 del Acuerdo de Escazú; por violar los derechos que surgen de la Democracia Participativa Ambiental, en particular el derecho de todo habitante de la ciudad a participar en la toma de decisiones de políticas de planificación y ambientales en el marco de las instancias participativas obligatorias dispuestas en la Constitución de la Ciudad. (Opinión Consultiva N° OC-23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; arts. 3, 5, 6 y 7 del Acuerdo de Escazú; art. 1, 11, 12, 26, 27, 30, 63, y 104, incisos 27 y 29 de la Constitución de la Ciudad; y arts. 4, 19, 20 y 21 de la Ley N° 25.675).

2. Se declara la nulidad y la inconstitucionalidad de todo permiso que autorice la realización de recitales o megaeventos musicales en el Parque Sarmiento, en particular, de los permisos otorgados para la realización del recital de Motley Crue y Def Leppard en el Parque Sarmiento, el 9 de marzo de 2023 y, en consecuencia, se solicita la interrupción de la realización de este recital, por violar la Ordenanza N° 46.229; por alterar el carácter de la Urbanización Parque al no ser una actividad de utilidad pública (art. 7.2.4. del Código Urbanístico); por violar el carácter de uso público de las áreas Urbanización Parque; por violar el art. 41 de la Constitución Nacional, el art. 26 y el art. 27 de la CCABA en tanto protegen a la biodiversidad contra la contaminación acústica; por no haber cumplido con el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental para actividades de impacto ambiental Con Relevante Efecto que establece la Ley N° 123 y, en consecuencia, violar el principio preventivo y precautorio en materia ambiental; por no cumplir con las restricciones estipuladas por la Ley N° 1540 y su decreto reglamentario para las ASAE Tipo 1, por lesionar el principio de progresividad con relación a los espacios verdes públicos y a los espacios públicos establecido en el art. 27, inciso 3 y 4 de la Constitución de la Ciudad; por no cumplir con la convocatoria y realización de la audiencia pública obligatoria que dispone el art. 63 de la CCABA, ni se convocó a ninguna instancia de participación ciudadana formal y previa que garantice los derechos reconocidos en el art. 7 del Acuerdo de Escazú; por violar los derechos que surgen de la Democracia Participativa Ambiental, en particular el derecho de todo habitante de la ciudad a participar en la toma de decisiones de políticas de planificación y ambientales en el marco de las instancias participativas obligatorias dispuestas en la Constitución de la Ciudad. (Opinión Consultiva N° OC-23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; arts. 3, 5, 6 y 7 del Acuerdo de Escazú; art. 1, 11, 12, 26, 27, 30, 63, y 104, incisos 27 y 29 de la Constitución de la Ciudad; y arts. 4, 19, 20 y 21 de la Ley N° 25.675).

3. Se declare la nulidad y la inconstitucionalidad del art. 141 de la Ley N° 6593 en cuento dispone un arancel para el ingreso al Parque Sarmiento en violación al Código Urbanístico que establece que este es Urbanización Parque y, por lo tanto, es un espacio de uso público y de acceso irrestricto., y en violación al art. 27, inciso 3 y 4 de la Constitución de la Ciudad.

4. Se ordene la elaboración e implementación de un Plan de Manejo del Parque Sarmiento que tenga por objeto su puesta en valor y preservación a través de un proceso democrático que otorgue participación real a los distintos habitantes y colectivos interesados y al Consejo Consultivo de la Comuna N° 12 (Art. 9, incisos 1 y 7, del Plan Urbano Ambiental, art. 1 y 27 de la CCABA, ley N° 1777).

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El Barrio

Por tercer año consecutivo, comerciantes de Saavedra realizarán un evento navideño con sorteos, actividades y la presencia de Papá Noel

El encuentro se realizará el 18 de diciembre a las 18 en la plazoleta de Balbín y Plaza. Habrá actividades recreativas para toda la familia.

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Por tercer año consecutivo, la entidad Comercios de Saavedra celebrará un evento navideño con la presencia de Papá Noel, en el que habrá sorteos y actividades recreativas. Se confirmó que se realizará el 18 de diciembre a las 18 en la plazoleta de Balbín y Plaza.

“Por tercer año consecutivo, nuestros comerciantes nos regalan este evento maravilloso para disfrutar en familia y vecinos. No te los pierdas”, señalaron este viernes en Comercios de Saavedra.

Los vecinos que hagan sus compras en los comercios adheridos del corredor comercial en torno a Balbín y el viaducto adquirirán una serie de cupones que se utilizarán el día del sorteo, explicaron los comerciantes a Saavedra Online.

Este evento fue planificado por los responsables de los comercios con el objetivo de celebrar un momento en familia previo a las fiestas de fin de año, también para compartir con la comunidad y dar a conocer el trabajo articulado entre vecinos y comercios del barrio.

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El Barrio

Vecinos de Saavedra rechazan un festival de cumbia que convocará a miles de personas en Parque Sarmiento

Se analizaron qué medidas tomar y se alertó que estos eventos masivos “ya se están haciendo en forma periódica”.

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Vecinos el barrio de Saavedra se reunieron este martes al anochecer en la Asociación de Fomento, Deporte y Cultura Villa Cerini (Arias 4745) para mostrar su rechazo al festival masivo que se anunció para el 14 de diciembre en el Parque Sarmiento.

El encuentro fue convocado por la agrupación Vecinos por la Ecología, informaron sus integrantes a Saavedra Online. “Fue una reunión netamente organizativa”, agregaron.

“Estamos preocupados por la movida del festival, estos eventos ya se están haciendo en forma periódica. No debería hacerse en el Parque Sarmiento, allí hay una reserva ecológica que debería ser protegida a perpetuidad Diversos tipos de aves que sufren con los ruidos que generan, además del alto impacto ambiental en el entorno”, expresaron vecinos que participaron del encuentro.

Vecinos por la Ecología construyó en 2004 el Arboretum Árboles de Buenos Aires dentro del Parque Sarmiento. Se trata de un espacio de conservación ambiental ubicado en uno de los sectores del pulmón verde, cerca del cruce de Balbín y la colectora de la avenida General Paz.

Como había informado Saavedra Online, la fiesta de cumbia La Mágica celebrará la edición “más grande de su historia” el 14 de diciembre desde las 19 en el Parque Sarmiento con la participación de, entre otros, Karina, Damas Gratis, El Polaco, El Original, Mario Luis, Zurita, Diyaneiro, Garachis, Qkara, Kmy y una banda sorpresa.

El pulmón verde del barrio vuelve a ser escenario de festivales masivos de música en vivo. La última experiencia ocurrió este mes, cuando el DJ alemán Boris Brejcha tocó en la noche del 12 de octubre.

El artista se presentó en un escenario montado en la zona de las canchas de rugby, hacia el lado de la avenida General Paz.

Esa jornada estuvo impedido el acceso al parque, lo que generó quejas de vecinos y habitúes del lugar. Del mismo modo, se registraron embotellamientos en la zona de Balbín y General Paz, otro tema que puso en alerta a los residentes.

Ante la denuncia de vecinos y ambientalistas, la Defensoría del Pueblo de la CABA emitió una recomendación al Gobierno porteño para elaborar un plan de cuidado de la biodiversidad del parque y también se contemplen medidas de contención ante eventos masivos, como el que se vivirá a mediados de diciembre.

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El Barrio

El Consejo Consultivo Comunal 12 se reunirá en la Vecinal de Saavedra para tratar problemáticas hídricas del barrio

El encuentro se realizará este miércoles 20 noviembre a las 19:30 en Av. Balbin 4221.

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Foto de archivo

La próxima asamblea ordinaria del Consejo Consultivo Comunal 12 se realizará el día miércoles 20 noviembre a las 19:30 en la Vecinal de Saavedra, Biblioteca Popular 25 de Mayo ( Av. Balbin 4221).

Según adelantó su Comisión de Organización, también se podrá seguir de forma online a través de este enlace de Zoom. ID de reunión: 813 1723 9994. Código de acceso: 360126.

Durante la reunión se analizará una propuesta de vecinos de Saavedra y alrededores elaborada en el marco del tratamiento a la Ley de aprobación inicial por los ajustes al Código Urbanístico porteño, elaborados por el Poder Ejecutivo. Del 6 al 15 de noviembre se celebró en la Legislatura la Audiencia Pública correspondiente, que contó con la participación de varios ciudadanos locales.

Los vecinos elaboraron un documento con propuestas para prevenir riesgos hídricos en las manzanas afectadas por el paso subterráneo del entubamiento del Arroyo Medrano, en Saavedra y Núñez.

Dicho documento contempla una propuesta de Ley para que las “nuevas obras cuya superficie cubierta sea de más de doscientos metros cuadrados (200 m2) y su altura máxima sea superior a once metros con sesenta centímetros (11,60 metros) y se encuentren dentro de los polígonos determinados por el Plano N° 7.2.8.3.1 como áreas de prevención de Riesgo Hídrico, deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que se ponga a conocimiento y consideración previa de la comunidad a través de la Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal correspondientes, que incluya medidas para implementar la ralentización e infiltración de conformidad al presente artículo y la normativa de edificación que regule la materia”.

“La recurrencia y severidad de estos episodios de inundación subraya la necesidad de implementar medidas efectivas de gestión hídrica a nivel local. Este proyecto de ley propone establecer obligaciones específicas en el Código Urbanístico para la ralentización e infiltración del agua de lluvia en nuevas edificaciones ubicadas en áreas de riesgo hídrico. Las soluciones locales, como la instalación de sistemas de infiltración y depósitos temporales de retención de agua, permiten una gestión del agua en el sitio de captación, contribuyendo a reducir la sobrecarga en los sistemas de drenaje pluvial y disminuyendo así el riesgo de inundación en áreas circundantes. Estas disposiciones buscan fortalecer la capacidad de adaptación de la ciudad frente al cambio climático y a fenómenos de precipitación extrema que se han vuelto cada vez más frecuentes”, fundamenta la propuesta vecinal.

Este miércoles los vecinos del Consultivo leerán y debatirán este texto, a fin de evaluar su muestran su acompañamiento.

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