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Ordenan al GCBA garantizar el servicio educativo en una escuela diferencial de la Comuna 12

La Justicia porteña hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación Cooperadora del establecimiento ubicado en Quesada 4357

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El titular del Juzgado n.° 13 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Scheibler, hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que «a) garantice un servicio de transporte adecuado a las condiciones psicofísicas de los alumnos, en su caso, en sus sillas de ruedas, y que se ajuste a los requisitos establecidos en el Código de Transporte de la Ciudad (…), así como también con el ‘Protocolo para el uso de transporte escolar para la vuelta a clases’ (…), a cuyo fin la parte actora deberá, en su caso, acompañar las constancias médicas pertinentes de los/as alumnos/as (…) y, b) garantice el servicio de enfermería tanto en la sede de la institución educativa como en su anexo». Todo ello en el marco de los autos «Asociación Cooperadora Escuela Diferencial n.º 11 Aquiles Garesio contra GCBA sobre Amparo – Educación – Otros», Expediente n.º 94999/2021-0.

La acción de amparo colectivo fue iniciada por la presidenta de la Cooperadora de la Escuela para Niños, Niñas y Jóvenes con Pluridiscapacidad Motora n.° 11 del Distrito Escolar 15°, con el objeto de que «se ordene a la demandada otorgue a los/a niños/as y jóvenes que asisten a La Escuela: (1) un transporte escolar adecuado en relación a sus necesidades psicofísicas; (2) el restablecimiento del servicio de enfermero en la Escuela; y (3) la provisión de insumos de higiene y emergencia por Covid-19 (Termómetro, pilas de repuesto, Alcohol en cantidad suficiente, Insumos para higiene en el cambiado de los alumnos, Guantes de látex, algodón y oleo calcáreo, toallitas húmedas de higiene intima y personal)». Explicó que «el GCBA adjudicó la licitación del servicio de transporte para el año 2021 a la Empresa ‘Emergencias’ que, según sostiene, no cumpliría con las condiciones mínimas para el cumplimiento de Protocolo establecido por COVID 19 ni con las condiciones de Seguridad para el traslado de los alumnos de la Escuela». Indicó que «hasta el año pasado y desde siempre, contó con servicio de enfermería de una persona de planta que desempeñaba esa función y que, según les había informado la Dirección de la Escuela, el enfermero se habría acogido al beneficio jubilatorio», y agregó que «no se realizó ningún tipo de contrato ni se previó la cobertura del cargo con ninguna otra persona ni empresa habilitada al efecto». «Con respecto a la sede de la calle Galván, indica que en 2019 y 2020 el servicio de enfermería lo realizó personal del CEMIC pero este año, si bien se les comunicó que se habría firmado un acuerdo con esa entidad, aparentemente, aún no estaría operativo. Destaca que por ese motivo muchos alumnos se ven impedidos de asistir a la escuela», completó.

En lo que refiere al derecho a la educación, el magistrado recordó en su argumentación, el texto del artículo 12 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; como así también los artículos 26.1. y 26.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y finalmente, el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En el orden local, apeló al texto del artículo 23 de la Constitución de la Ciudad.

A su vez, en lo referido a los derechos de las personas con discapacidad, subrayó que «la ley 25.280 incorporó a nuestro derecho interno la ‘Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con Discapacidad‘, mediante la cual el Estado argentino se compromete a trabajar prioritariamente en el tratamiento, rehabilitación, educación, formación ocupacional y el suministro de servicios globales para asegurar un nivel óptimo de independencia y de calidad de vida para las personas con discapacidad». Por otro lado, mencionó a la ley 26378 que «aprobó la ‘Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo‘». Y por último, destacó los textos de los artículos 24 y 42 de la Constitución local.

Frente al reclamo formulado en torno a la adjudicación del servicio de transporte para el año 2021, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sostuvo que «un gran porcentaje de los estudiantes del la institución involucrada ha solicitado ser exceptuado de la presencialidad de conformidad con el ‘Protocolo para el inicio de clases presenciales 2021’ (…) y que los alumnos que asisten a la escuela y su anexo poseen diferentes patologías, resultando en que no todos requieren del mismo tipo de transporte». «En este sentido, indica que son sólo diecisiete (17) los estudiantes que requieren ser trasladados en silla de ruedas, seis (6) de los cuales han solicitado ser exceptuados de la presencialidad en el marco del protocolo de vuelta a clases presenciales y que los restantes estudiantes son trasladados mediante la Empresa Emergencias S.A. También refiere que la empresa que venía prestando funciones manifestó su desinterés en continuar con la prestación del servicio», añadió en su respuesta.

Para el titular del Juzgado n.º 13, de lo expuesto se extrae que «más allá de la discrepancia existente en la cantidad de alumnos que requieren ser trasladados en sus sillas de ruedas, ambas partes reconocen que existen alumnos que requieren tal servicio y que la empresa que actualmente les brinda el servicio de transporte ‘Emergencias S.A.’ no cuenta con las características necesarias para hacerlo de modo seguro«.

En lo referido a la presencia permanente de un enfermero, la demandada argumentó que «se ha dotado al establecimiento del personal necesario de conformidad con los cargos establecidos en el Estatuto del Docente (…) y que la planta cuenta con aquellos cargos que resultan idóneos para poder trabajar con los estudiantes que concurren al mentado establecimiento y asistirlos para el mejor desarrollo de sus trayectorias educativas». «Apunta que en la normativa aplicable no se encuentra previsto el cargo de enfermero», completó.

Por su parte, la titular de la Cooperadora señaló que «hay dos alumnos que tienen sonda nasogástrica, cuatro que tienen botón gástrico y cuatro que reciben medicación en horario de escuela, y que esos niños se encuentran actualmente sin poder concurrir a la escuela desde hace 13 meses«.

En virtud de ello, el juez sostuvo que «sobre el GCBA pesa la obligación de no retrotraer o menoscabar el grado de satisfacción alcanzado en el disfrute de los derechos sea a través de políticas públicas y de nuevos ordenamientos jurídicos». «En efecto, una vez que un Estado ha impuesto un ámbito de protección de un derecho, está obligado a evitar en el futuro poner en práctica cursos de acción (activos u omisivos) que pudieran obstaculizar o bien interrumpir esa realización progresiva, toda vez que un obrar contrario a este mandato significaría la afectación de ese derecho», argumentó. «Dicho principio debe tenerse especialmente en cuenta en este caso concreto, siendo que la provisión de un servicio de enfermería –que se venía prestando en los últimos años— para ambas sedes garantiza el derecho a la salud de los niños, y de no proveerse la prestación algunos alumnos encontrarían vedada la posibilidad de concurrencia a la escuela en condiciones igualitarias al resto de los niños/as, únicamente por su situación de discapacidad, menoscabando de esa forma su derecho a la educación», sentenció.

Finalmente, Scheibler entendió que «la circunstancia de que no se encuentre previsto el cargo de enfermero en el Estatuto del Docente no impide en modo alguno la contratación de un servicio de enfermería que permita la presencialidad de los alumnos que requieren de esa prestación; ello a fin de no tornar ilusorio y garantizar en forma efectiva el derecho a la educación«.-

Fuente: iJudicial

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La Comuna

Principio de incendio en el Chango Más de Constituyentes, con una persona asistida

En el lugar se hicieron presentes efectivos de la Policía de la Ciudad, Bomberos de la Ciudad y el SAME. Evacuaron a los trabajadores durante el operativo.

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Se produjo un principio de incendio en el hipermercado Chango Más ubicado en Av. De los Constituyentes al 6000, en el límite entre los barrios de Villa Pueyrredón, Saavedra y Villa Urquiza.

En el lugar se hicieron presentes efectivos de la Policía de la Ciudad, Bomberos de la Ciudad y el SAME.

Para el operativo de seguridad, los trabajadores del hipermercado fueron evacuados y permanecieron en la zona de estacionamientos durante la intervención de los bomberos.

Fuentes del Ministerio de Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires informaron que el fuego “se desarrolló un foco ígneo en un depósito, ya extinguido”.

También se informó que no hubo heridos durante este siniestro. Sí se reportó una persona que debió recibir asistencia médica en el lugar, pero que no fue necesario trasladarla a un hospital.

 

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La Legislatura porteña homenajea a la Escuela Dominguito de Villa Urquiza que cumple 100 años

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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires declaró su beneplácito por el 100° aniversario de la fundación de la Escuela N° 09 D.E. 15 Dominguito, “a celebrarse el 21 de Noviembre del corriente año”.

El Poder Legislativo local lo hizo al aprobar este jueves durante su sesión ordinaria un proyecto de Resolución del legislador Sergio Siciliano (Vamos por más).

El texto parlamentario además incluye la colocación de una placa conmemorativa en la institución educativa ubicada en la calle Echeverría 5034, en el barrio de Villa Urquiza.

La defensa del proyecto repasa parte de la historia de la escuela: “Nació como escuela de niñas el 21 de mayo de 1924. En sus orígenes pertenecía al Distrito Escolar 16 y alquilaba el establecimiento de la calle Bauness 2209, siendo en ese momento una escuela dividida en dos turnos. En julio de 1930 se trasladó a un edificio, también alquilado, de la avenida Triunvirato 4330. En 1960, como escuela de jornada completa, abrió sus puertas a los varones y se hizo mixta”.

“Desde septiembre de 1938 ocupa el edificio de la calle Echeverría 5034 y en 1978 fue transferido a la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Hoy funciona con 7 grados en jornada completa, siendo una escuela plurilingüe con intensificación en inglés y francés”, se agrega.

El nombre de la escuela Dominguito se refiere a Domingo Fidel Sarmiento, hijo adoptivo de Domingo Faustino Sarmiento. Nació en 1845, hijo de la argentina Benita Martínez Pastoriza. Benita se casó con Sarmiento tras quedar viuda. Según el relato de Sarmiento, que lo adoptó formalmente en 1848, Dominguito aprendió a leer a
los 4 años .El compromiso constante y la dedicación ejemplar de la Escuela Dominguito en la promoción de una educación de calidad, proporcionando a sus estudiantes una base sólida para su desarrollo académico, personal y social.

“La importancia de las instituciones educativas arraigadas en la comunidad, como la Escuela “Dominguito”, en la preservación de la identidad cultural y el patrimonio histórico de nuestra ciudad, así como en la transmisión de valores fundamentales a las generaciones futuras”, resalta el proyecto aprobado este jueves.

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La Comuna

Declararon sitio de interés Social y Cultural a la Asociación Civil y Biblioteca Popular Amigos de la Estación Coghlan

Los legisladores que promueven este homenaje destacan el “trabajo y lucha de varias generaciones de vecinos/as del barrio”.

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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires declaró sitio de interés Social y Cultural de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a la Asoc. Civil y Biblioteca Popular “Amigos de la Estación Coghlan”, luego de aprobar este jueves un proyecto de Resolución de Claudio Ferreño y Alejandro Grillo (Unión por la Patria). La medida contempla la instalación de una placa conmemorativa en sus instalaciones, en la la calle Estomba 2649.

“El 25 de julio de 1967, se inicia en la estación del ferrocarril Mitre la historia de la Asociación de Vecinos de Coghlan gracias a un grupo de vecinos que decidió implicarse en la vida del barrio y dedicar tiempo y esfuerzo para mejorar juntos el espacio público y así su vida cotidiana. Cincuenta y cinco años después, quienes viven o transitan por Coghlan disfrutan de una plaza única, cubierta de árboles, con espacios verdes para caminar, con juegos para los niños, espacios deportivos y una activa y preciosa biblioteca integrada a la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares. Tal vez no todos sepan que esto se debe al trabajo y lucha de varias generaciones de vecinos/as del barrio”, resalta la defensa de este homenaje parlamentario.

“En 1967, la estación inglesa del ferrocarril era una construcción antigua, desmejorada, sin mantenimiento, rodeada de caminos de tierra, casi sin veredas, por donde atravesaba una riera que inundaba permanentemente los alrededores de los andenes. Para llegar a la elegante boletería de hermosas ventanillas de bronce, se debían atravesar enormes matas de pasto sin cortar o caminar por los tablones para no embarrarse. Fueron los sueños, el trabajo y la tenacidad de un puñado de personas que algunas veces con aportes del Estado, pero muchas otras obteniendo recursos con distintas actividades, fueron transformando ese espacio en una plaza para todos. Durante años ellos mismos cortaron el pasto y dotaron de plantas, de juegos infantiles, de bancos y hasta de peces para la fuente, aquel espacio que anhelaban transformar”, evoca la semblanza del proyecto de Resolución.

Allí se iniciaron celebraciones patrias, espectáculos musicales, cine para los chicos, se organizaron rifas y tardes de juegos como la búsqueda del tesoro o campeonatos de bochas, de ajedrez, para divertirse y juntar fondos.

“En 1973, se aprobó la Ordenanza 44.412 por la que los predios de la estación fueron declarados de “utilidad pública” y posteriormente se logró la sesión por parte del ferrocarril del uso del terreno que corre paralelo a las vías descendentes. Allí se hizo una canchita de fútbol de tierra, donde muchos de los chicos del barrio ensayaron sus primeros goles. Esta sesión fue muy importante porque Coghlan no tiene otros espacios verdes”, se agrega.

El texto parlamentario recuerda que en el año 1990 una luz de alarma se encendió. El día 21 de abril de ese año, el entonces vicepresidente de la asociación, advirtió a los miembros restantes: “…dado que la Asociación Amigos de la Estación de Coghlan se halla próxima a cumplir 23 años de actividad y visto los inconvenientes que ya ha tenido y puede tener en un futuro inmediato, con respecto a la privatización del ramal férreo y la conservación de los espacios verdes linderos a la estación, desde esa antigüedad mantenidos y mejorados por la misma, como así también el asiento de su sede cuya labor trasciende el ámbito donde surgió, abarcando ya el mismo barrio, ya es hora que tenga su personería jurídica…”.

“La personería jurídica se obtuvo en pocos meses, pero la asociación fue desalojada del local y su funcionamiento casi se detuvo… Hoy, algunos se preguntan si esa habrá sido la causa por la que las hojas siguientes en el libro, lucen todas en blanco. En esos años, la estación y sus alrededores fueron intervenidos por reformas que no respetaron ni guardaron el patrimonio histórico, perdiéndose numerosos objetos valiosos, como las ventanillas de bronce de las boleterías, barandas, columnas. Por suerte hubo vecinos que lograron rescatar de los escombros algunas de ellas y tenerlos a resguardo”, se describe sobre aquellos años.

Pero iniciado ya el siglo 21, renacieron las ilusiones y los bríos y la asociación recobró un vigoroso movimiento. Desde entonces, hubo muchos logros: la asociación participó de la sesión definitiva de los terrenos del lado este a la comuna, se obtuvo la obra hidráulica tanto tiempo esperada que consiguió el entubamiento de las aguas que inundaban la estación. Se sumó a ello una importante dotación de luminarias y la plaza comenzó a hacerse realidad.

El texto firmado por los legisladores de UP sostiene que “se intensificaron espectáculos y actividades diversas desde la biblioteca, todo sostenido siempre por los vecinos , especialmente un puñado de mujeres, que permitieron aumentar los socios, recaudar fondos y avanzar con las mejoras.

“En el 2020 llegó la pandemia y otra vez el aletargamiento de la asociación, esta vez obligado por las circunstancias. Durante dos años apenas pudo sostener el mantenimiento mínimo, pero como siempre, renació con más fuerza. Vecinas/os se fueron sumando a la comisión directiva para concretar los nuevos sueños. Finalizado el año 2022, la ACAEC pudo dejar totalmente regularizada su situación legal como Asociación Civil e incorporar a la biblioteca dentro de su estatuto. En el año 2023 se integró formalmente a la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares comenzando así una nueva etapa de crecimiento a partir de subsidios otorgados por dicha institución y aportes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”, se informó sobre los hitos recientes.

“Además de la biblioteca, la ACAEC continúa e incrementa la lucha por cuidar su espacio verde que con sus árboles -amenazados permanentemente por la poda indiscriminada- oxigena y ampara a Coghlan. Se impone continuar con la defensa del patrimonio histórico y luchar contra el desmesurado crecimiento urbanístico basado en la especulación inmobiliaria y sobre todo trabajar para que “esta aldea”, sea un barrio inclusivo y solidario”, concluyó la defensa del proyecto de Resolución.

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