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El año de Platense, resumen de un 2018 histórico

El año que quedará guardado en el corazón de los hinchas de Platense quedará guardado para siempre este año por todas las alegrías cosechadas.

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La noche del 2 de mayo, con el tan esperado como necesario ascenso al Nacional B consagrándose campeón en una final épica; la gran temporada del fútbol amateur con supremacía absoluta en Juveniles B; el imparable crecimiento del fútbol femenino que por segundo año consecutivo logró la clasificación al Sudamericano de la CONMEBOL ahora en la categoría SUB-16 y tantos otros logros, dejan un balance altamente positivo del año que se va y pone objetivos mayores para un 2019 que ya comienza a palpitarse en el Club Atlético Platense.

EL ESPERADO ASCENSO TRAS 8 AÑOS

De la mano de Fernando Ruiz y su cuerpo técnico, Platense se consagró campeón de la temporada 2017-18 de la Primera B Metropolitana. Un torneo durísimo, donde debió pelear palmo a palmo con Estudiantes (BA) para poder quedarse con el tan ansiado título, que incluso se definió en un partido desempate en cancha de Lanús. El gol del “Chino” Vizcarra en tiempo suplementario quedará inmortalizado para siempre, como una de las tantas epopeyas “calamares”.

El equipo de Ruiz cerró una campaña de 35 partidos disputados, con 19 victorias, 10 empates y 6 derrotas. También se registraron logros históricos como los records establecidos por Daniel Vega (batió a Vicente Sayago como máximo goleador del club y ya suma 84 tantos) y por Jorge De Olivera (se convirtió en record de imbatibilidad de la institución con 726 minutos sin recibir goles, superando a Hércules Orio que lo mantenía desde finales de la década del ‘20).

Además, Platense alcanzó los octavos de final de la Copa Argentina, donde cayó ante RiverPlate luego de haber superado a Belgrano de Córdoba y General Lamadrid en las instancias previas.

Ya en el Nacional B, promediando el torneo, el “Calamar” se ubica en zona de clasificación al reducido por el ascenso a la Superliga y por segundo año consecutivo obtuvo el pasaje a la Copa Argentina.


JUVENILES “B”: CAMPEÓN GENERAL Y TÍTULO EN 3 CATEGORÍAS

Desde la izquierda: Pedro Bocca (Coordinado General Fútbol Juvenil), Walter Corigliano (DT 5ta. División), Nahuel López (9na.), Julián Echeverría (9na.), Facundo Galdelli (6ta.), Joaquín Rossi (6ta), Tomás Castello (5ta.), Nadir Zeineddin (5ta.), Mariano González (DT 6ta. División) y Leandro Belfi (DT 9na. División).

El “Semillero Calamar” se despidió de la Primera B Metro con una gran campaña que le permitió conquistar la tabla general del certamen luego de 4 años con un total de 74 triunfos, 27 empates y solo 13 caídas en las 6 categorías desde Cuarta a Novena División, siendo además el club más goleador con 215 tantos y el menos vencido con 70 en un total de 114 partidos.

Tres de sus 6 categorías fueron campeonas: Quinta, Sexta y Novena. La Cuarta fue subcampeona, la Octava finalizó en el tercer puesto y la Séptima quedó en quinto lugar.

En Quinta División, el equipo dirigido por Walter Corigliano se coronó con un total de 11 victorias, 7 empates y 1 derrota. Marcó 39 goles y solo le anotaron 6. Esta misma Categoría 2000, venía de conquista el título en Sexta durante 2017.

5ta. División: Tomás Castello, DT Walter Corigliano y Nadir Zeineddin.

Precisamente, la actual Sexta (Categoría 2001) bajo la conducción de Mariano González se alzó con el título en la última fecha como visitante ante UAI Urquiza, tras pelear con Atlanta hasta el final en busca de la gloria.

6ta. División: Joaquín, DT Mariano González y Facundo Galdelli.

Por último, la Novena División (Categoría 2003), de la mano de su entrenador Leandro Belfi, quien trabaja desde hace 4 años con la mayoría de estos chicos, se proclamó campeón en forma invicta con 15 triunfos y 4 empates. Con un total de 35 goles a favor y solamente 4 en contra.

9na. División: Nahuel López, DT Leandro Belfi y Julián Echeverría.

LAS “CALAMARCITAS”, CADA DÍA MÁS GRANDES

La categoría SUB-16 volvió a dejar el nombre del Club Atlético Platense en lo más alto, tras coronarse campeón nacional de la Liga de Desarrollo de la CONMEBOL y desde el 24 de enero disputará en Paraguay el certamen sudamericano por segunda vez consecutiva.

Este mismo plantel, hace exactamente un año, había logrado el mismo título pero en la categoría SUB-14, representándonos oficialmente -a comienzos de 2018- por primera vez a nivel internacional en la historia futbolística de nuestro club.

En otra gran campaña, tras haber goleado a Huracán en la final regional, el equipo superó en la Fase Nacional a la Liga de Tinogasta por 5-0, a la Liga Tucumana por 3-2 en semifinales y goleó a la Liga Correntina por 3-0 en la definición por el título.

En menos de un mes, el equipo afrontará un nuevo desafío, pero con la experiencia cosechada hace un año en Asunción y sueñan con llegar aún más lejos.

Fútbol Femenino Sub-16: Zoe Belén Martínez, DT Adrián Sena y Brisa Galeano.

LIGA METRO: PLATENSE “A” LOGRÓ EL ASCENSO

Tras la finalización de la temporada 2018, Platense A se alzó con la tabla general y logró el ascenso a la Categoría B del certamen. Además, tres divisiones se quedaron con el título en cada una de sus respectivas categorías: 2003, 2006 y 2008.

Nahuel Lazo (PF), Gustavo Galdelli (DT Categoría 2003), Gustavo Freijo (Coordinador. General), Agustín Pellegrini (Categoría 2006), Federico Caleffa (PF) y Lautaro Núñez (Categoría 2003).

LA CATEGORÍA 2005 SE DESPIDIÓ COMO BICAMPEONA EN FAFI

A lo largo de todo su desempeño en Baby Fútbol, la Categoría 2005 de Platense ha entregado siempre alegrías. En este último año, en el cierre del ciclo formativo, el equipo dirigido por Leandro Belfi se coronó bicampeón en FAFI, tras la obtención de los títulos Apertura y Clausura. Estos chicos, en 2019, serán parte del plantel de Novena División en Juveniles Nacional B.

Luca Bastilla, DT Leandro Belfi y Bruno Souto.

CREDITOS: GONZALO COLINI / PRENSA CLUB ATLÉTICO PLATENSE

 

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Platense Incluye: convocan jugadores mayores de 15 años con Sindrome de Down para los equipos de futsal

Es para participar en la Liga de Clubes de Fútbol Inclusivo de FADDIM.

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Foto: @platenseincluye

El Departamento de Inclusión del Club Atlético Platense (CAP) abrió una convocatoria para varones mayores de 15 años con Sindrome de Down para que formen parte de los equipos de futsal que compiten en la Liga de Clubes de Fútbol Inclusivo de la Federación Argentina de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual, Síndrome de Down y Autismo (FADDIM).

Las personas interesadas podrán recibir información mediante WhatsApp escribiendo al 1158073665.

“Siendo un club en donde se desarrollan actividades deportivas, destacamos la importancia de la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito deportivo desde la temprana edad, ya que a través del deporte se puede generar lazos de amistad, trabajo en equipo y motivaciones que logren superar nuevos retos. ¡Te esperamos!”, señalaron en Platense Incluye.

El Departamento de Inclusión del CAP fomenta “la inclusión deportiva, recreativa y cultural para personas con discapacidad”.

A fines del año pasado, el equipo de futsal inclusivo se coronó campeón de la Copa 120 Aniversario “Torneo por la Inclusión” luego de haber derrotado a Racing 6-2 y a Atlanta 6-0.

A comienzos de ese mes, en el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires declaró de interés social y deportivo a la Federación Argentina de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual, Síndrome de Down y Autismo (FADDIM). Además, distinguió a los clubes que la integran, entre ellos el Club Atlético Platense.

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Platense

Platense espera volver a Pedraza y Cramer antes de 2026, pero alertan que puede demorarse

Los responsables de la actual concesión habrían pedido una prórroga al Gobierno porteño hasta fines de 2027. El Calamar busca acelerar los tiempos para poder hacer uso del predio.

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El lunes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires se refrendó la Ley que garantiza el regreso del Club Atlético Platense (CAP) al predio público de Pedraza y Cramer mediante una concesión de 20 años. Hasta la década de 1970 allí estaba emplazada su histórica cancha de fútbol. “Se inicia ahora una etapa de conversación con los actuales concesionarios para acordar las condiciones del futuro traspaso”, comunicaron a los hinchas en la institución Calamar.

En el club informaron a Saavedra Online que la actual concesión, la de El Poli, originalmente vencía en diciembre de 2025 y resultaba revocable por razones de interés público (como, entienden, sería la sanción de la ley). No obstante, alertan que podría haber una prórroga otorgada por el Gobierno porteño, también revocable.

Saavedra Online consultó a las autoridades del Polideportivo que concesiona el predio y todavía no obtuvo respuesta formal.

En Platense mencionaron que por un pedido de las inspectoras del Distrito Escolar se habría pedido una obra para adaptar los vestuarios y volverlos accesibles para chicos con discapacidad. Los responsables de la actual concesión habrían solicitado entonces al Gobierno porteño extender el contrato para hacer frente a la inversión.

Según la institución Calamar, este “instrumento”, la prórroga, se pidió cuando terminaba la gestión anterior del Poder Ejecutivo porteño y de existir carecería de validez, aún cuando la ley habilitaría su revocación sin necesidad de revisar su legalidad, conforme al derecho administrativo vigente.

“Tenemos que discutir si este eventual instrumento es válido”, dijeron en CAP, institución que no lo considera así. También aseguran que la obra que motivó la prórroga “no se concretó y que de ser ejecutada con posterioridad a la ley, no solo no lograría su propósito, incluso podría ser una maniobra de investigación en sede penal”.

En el club señalan que designarán “tres o cuatro representantes” para sentarse a dialogar con los responsables de la actual concesión. Afirman que hay que analizar el estado de las instalaciones, la gente empleada y demás cuestiones legales para poder organizarse.

En el club esperan que el asunto no se judicialice, pero tampoco lo descartan.

“Es como abrir un club nuevo”, dijeron en Platense a Saavedra Online por el nivel de demanda y responsabilidad que supone gestionar el predio de Cramer. Por Ley, allí habrá actividades deportivas, sociales y culturales, pero no se practicará fútbol profesional. Tampoco se construirán instalaciones para esto último.

Por eso, se tratará una “reforma del estatuto” de CAP para incorporar la figura de un “vice cuarto, que se hará cargo del predio”. Ya hay un vice a cargo del predio de Larralde en Saavedra, por ejemplo.

“Tenemos elecciones en diciembre y antes de eso tenemos que llamar a asamblea para reformar un estatuto”, adelantaron.

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Platense

Publicaron en el Boletín Oficial porteño la Ley que permite la vuelta de Platense a Pedraza y Cramer

La Ley N° 6772 permite el regreso del Calamar al terreno en el que funcionó su histórica cancha. El club se “encuentra habilitado a organizar y desarrollar actividades deportivas en el mencionado predio, con excepción de toda aquélla referida y/o relacionada con la práctica de fútbol profesional”.

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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires publicó este martes en el Boletín Oficial porteño la Ley N° 6772
que “Otorga permiso de uso a título precario y gratuito el predio correspondiente al Polideportivo ubicado en Manuela Pedraza y Crámer al Club Atlético Platense”.

Luego de un intento entre 2021 y 2022 que perdió estado parlamentario, en marzo de 2024 el Calamar presentó un nuevo proyecto de Ley para lograr la vuelta al predio de Núñez en el que se emplazó su histórica cancha de fútbol.

El proyecto fue incorporado por los legisladores y se votó dos veces en el recinto de sesiones, con una Audiencia Pública de por medio. La sanción definitiva se produjo, con unanimidad de 55 votos, el 12 de diciembre.

La Ley completa:

Artículo 1º.- Se otorga el permiso de uso a título precario y gratuito al Club Atlético Platense, del predio correspondiente al Polideportivo ubicado en la intersección de las calles Manuela Pedraza y Crámer, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “el Predio”, por el plazo de veinte (20) años.

Art. 2°.- En virtud de lo previsto en el Artículo 1° de la presente, se establece que el Club Atlético Platense se encuentra habilitado a organizar y desarrollar actividades deportivas en el mencionado predio, con excepción de toda aquélla referida y/o relacionada con la práctica de fútbol profesional.

Art. 3°.- Bajo ninguna circunstancia el beneficiario podrá instalar un microestadio o cualquier tipo de estructura que tenga por finalidad la realización de eventos masivos tales como recitales, conciertos o similares.

Art. 4°.- La entidad beneficiaria se compromete a dar continuidad a todas las disciplinas y actividades deportivas desarrolladas por las niñas y los niños que concurren a dicho predio.

Art. 5°.- La entidad deberá coordinar con las autoridades escolares competentes el uso del predio por parte de las escuelas públicas en el horario de 08hs a 17hs y del natatorio, así como el otorgamiento de beneficios y becas para estudiantes de dichas escuelas y jubilados.

Art. 6°.- Cualquier obra de infraestructura, mejora o construcción que realice la entidad beneficiaria del predio deberá cumplir, con las normas establecidas en el Código Urbanístico y en el Código de Edificación, y con las habilitaciones correspondientes.

Art. 7°.- La entidad beneficiaria deberá contratar un seguro contra incendio y de responsabilidad civil que deberá endosar a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el monto que la Autoridad de Aplicación determine. Dichos seguros deberán mantenerse en cuanto al alcance de cobertura y ajustarse en monto, durante el tiempo que permanezcan en la ocupación del predio.

Art. 8º.- Toda mejora o construcción que realice la entidad beneficiaria en el predio queda incorporada al dominio público de la Ciudad a la extinción del permiso, sin derecho a indemnización de ninguna naturaleza por parte de la entidad beneficiaria.

Art. 9º.- La entidad beneficiaria se obliga a mantener el inmueble en perfecto estado de conservación e higiene, realizando todas aquellas tareas que fueran necesarias a tal fin, comprometiéndose a evitar todo daño en la estructura e instalaciones que conlleven a una situación riesgosa.

Art. 10.- Queda a cargo de la entidad beneficiaria el pago de tasas, impuestos y las tarifas de los servicios públicos que correspondan al uso del predio.

Art. 11.- La Asociación deberá cumplir con todas las normas nacionales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con relación a la habilitación del espacio y la contratación del personal a su cargo. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no obstante ser titular de dominio, no tendrá relación laboral alguna con el personal que
emplee la Asociación y resulta exento de la solidaridad prevista por la Ley Nacional de Contrato de Trabajo. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral entre la Asociación y el personal que éste emplease.

Art. 12.- La restitución del predio por cumplimiento del plazo establecido en el Art. 1°, o por incumplimiento de la beneficiaria de las obligaciones establecidas en la presente Ley, incluirá todas las construcciones y mejoras que se hubieran realizado, sin que pueda dar lugar a reclamo alguno de compensación ni indemnización por parte de la
entidad beneficiaria.

Art. 13.- En caso de razones de necesidad fundada, el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá, unilateralmente, revocar el presente permiso, sin que ello genere pago de indemnización alguna. En dicho caso, la restitución del predio a la Ciudad igualmente incluirá todas las construcciones y mejoras que se hubieran realizado, y se deberá notificar a la permisionaria con un plazo de antelación mínimo de sesenta (60) días.

Art. 14.- Anualmente el Poder Ejecutivo realizará visitas a fin de constatar evaluar el cumplimiento de la presente norma.

Cláusula Transitoria.- La entidad beneficiaria, tomará posesión del predio otorgado en el Artículo 1° de la presente Ley a la fecha de conclusión del contrato de concesión vigente, o su resolución y/o recisión. A partir de dicho acto comenzarán a regir los derechos y obligaciones emergentes de esta Ley por parte de la beneficiaria.

Art. 15.- Comuníquese, etc.

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