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Artículo por artículo, fundamentos y anexos: qué dice la Ley para preservar el Parque Saavedra

Este fin de semana fue presentado en un festival vecinal con números artísticos.

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PROYECTO DE LEY

Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto la protección integral del “Parque Brigadier Gral. Cornelio de Saavedra”, basándose en sus características arquitectónicas, sociales, históricas, culturales y medioambientales.

Artículo 2°.- Declárese como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA) al “Parque Brigadier Gral. Cornelio de Saavedra”, delimitado por las calles Vilela, Melián, Roque Pérez, García del Río, Pinto y Freire – Sección 43; Manzana 046; Parcela: 000A -, en los términos del artículo 4°, incisos a, c y e, de la Ley 1227.

Artículo 3°.- En función de los establecido en el artículo 1° de la presente ley, afectase como Área de Protección Histórica (A.P.H. N° a determinar) al “Parque Brigadier Gral. Cornelio de Saavedra”, delimitado por las calles Vilela, Melián, Roque Pérez, García del Río, Pinto y Freire – Sección 43; Manzana 046; Parcela: 000A -, de acuerdo a los términos del Título 9 de Protección Patrimonial e Identidad, ítem 9.1.1.1, del Código Urbanístico.

Artículo 4°.- Declárese como Unidad de Protección Especial Ambiental Nivel 1 al Parque Saavedra, según lo establecido en el Título 9 de Protección Patrimonial e Identidad, ítem 9.1.3.2.1, del Código Urbanístico.

Artículo 5°.- Crease la Comisión de Seguimiento de Protección del Parque Saavedra, la cual estará integrada por un representante designado por el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana; un representante de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos; tres representantes de la Comisión de Espacio Público de la Legislatura de la CABA en base a la proporcionalidad de las representaciones políticas; y dos representantes de las asociaciones vecinales.

Artículo 6°.- La Comisión tendrá por objeto verificar las actuaciones para la planificación y gestión de los aspectos arquitectónicos, sociales, históricos, culturales y medioambientales en los términos contemplados en la presente ley. A tales efectos, la administración del Poder Ejecutivo de la Ciudad y de las Comunas, sus entes descentralizados, entidades autárquicas y dependientes, informarán la totalidad de documentación y/o archivo referidos al mandato establecido en el artículo 1º de la presente.

Artículo 7°.- Dicha Comisión estará facultada para requerir las actuaciones administrativas en las áreas implicadas y toda otra información que resulte necesaria para el cumplimiento de los objetivos para los que fue creada, debiendo emitir un informe semestral en relación a toda la información recopilada. 

Artículo 8°.- Cúmplase con lo determinado en los artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 9°: Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

El Barrio de Saavedra fue fundado el 27 de abril de 1873 por Don Florencio Emeterio Nuñez. Su nombre se debe a la cercanía con el casco de la estancia de Luis María Saavedra y como homenaje al 1°Presidente del Gobierno Patrio, Cornelio Saavedra.

Tiene una extensión territorial de 5,6 km2 y, según datos de la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Ciudad (2010), 50.295 habitantes. Está ubicado en la comuna 12 de la Ciudad y limita con los barrios de Coghlan, Núñez, Villa Urquiza y el partido de Vicente López.

Es un barrio con una fuerte identidad cultural debido a su vastísima historia. Saavedra es sinónimo de tango, carnaval y Club Atlético Platense. En sus calles vivió el mítico Polaco Goyeneche, nacieron murgas como “Los Curdelas de Saavedra”, que luego dio origen a otras murgas como “Los Magos”, “Los Reyes del Movimiento” y “Los Enviciados” y las paredes del barrio están minadas de escudos blancos y marrones.

Pero una de sus particularidades más significativas es que posee numerosas calles internas rodeadas de arboledas y grandes extensiones de espacios verdes, entre las que se encuentran el histórico “Parque Brigadier Gral. Cornelio de Saavedra” (en adelante “Parque Saavedra”).

Según el Informe de Cobertura Vegetal publicado por la Dirección General de Datos, Estadística y Proyección Urbana en 2019, Saavedra cuenta con un 37,14% de cobertura vegetal en relación a su superficie total, con un coeficiente del 0,28 por habitante. A su vez, del 37,14% sólo el 19,54% corresponde a superficies con espacios verdes de acceso libre.

Antiguamente el Parque Saavedra se denominaba Paseo del Lago y fue fundado el mismo día que el barrio. En sus comienzos estaba dividido en dos por el Arroyo Medrano (por ese entonces al aire libre) y en su entrada contaba con un puente levadizo. Dentro del predio había glorietas, bustos, estatuas y edificaciones que todavía siguen en pie. Con el correr de los años sufrió distintas modificaciones. En 1924, el paisajista francés Jean Claude Forestier rediseñó el parque para utilizarlo como espacio de recreación y actividades deportivas. A principios de la década del 40, el Arroyo Medrano fue entubado y soterrado por las recurrentes inundaciones.

Es el segundo parque en extensión territorial de la comuna 12 (el primero es el Parque Sarmiento), con más de 94.000 m2 y un perímetro aproximado de 1,2 km.

El Parque Saavedra es el epicentro cultural del barrio, ya que sus historias, mitos y leyendas forjaron con el correr de los años una identidad muy particular. El escritor Leopoldo Marechal aseguró en su mítico Adán Buenosayres que en el parque “se encuentran las puertas del infierno”, y otros como Adolfo Bioy Casares en sus caminatas por el parque junto a Jorge Luis Borges imaginaron “El sueño de los héroes”, que luego fue película, situada también en el barrio.

Dentro del parque se encuentran una gran cantidad de especies de árboles y aves, que merecen ser destacados ya que ante cualquier modificación dentro del ecosistema se verían seriamente afectadas.

Entre los árboles podemos nombrar a más de cuarenta ejemplares diferentes, sobre las que se destacan los Tilos (Tilia viridis), Eucaliptus (Eucalyptus Globulus), Cipreses (Cupressus sempervirens), Arces (Acer negundo), Fresnos (Fraxinus pennsylvanica), Acacias (Robinia pseudoacacia) y hasta un ejemplar de Timbó (Enterolobium contortisiliquum) y un  limonero plantado con tierra traída especialmente desde las Islas Malvinas.

En cuanto a las aves, podemos destacar también más de cincuenta especies como el Gavilán Mixto (Parabuteo unicinctus), Chimango (Milvago chimango), Carancho (Caracara plancus), Halcón plomizo (Falco femoralis), Picazuró (Columba picazuro), Calancate ala roja

(Aratinga leucophthalma), Ñanday (Nendayus nenday), entre otras.

 Debido a la particularidad de sus características arquitectónicas, sociales, históricas, culturales y medioambientales, es necesario diseñar medidas que tiendan a la protección integral de su patrimonio y a la preservación de su identidad cultural.

En ese sentido, el Código Urbanístico, en su título 9 de “Protección Patrimonial e Identidad”, establece que la ciudad tiene “la obligación de proteger”, en función de “la salvaguarda y puesta en valor de los lugares y bienes, considerados por estas normas de valor histórico arquitectónico, simbólico y/o ambiental. Para ello crea las Áreas de Protección Patrimonial, entre las que se contemplan las Áreas de Protección Histórica (APH). Las Áreas de Protección Histórica “son espacios o conjuntos urbanos que por sus valores histórico-culturales, arquitectónicos, singulares y/o ambientales constituyen ámbitos claramente identificables como referentes de nuestra diversidad cultural”.

El concepto de Patrimonio Cultural ha ido evolucionando con el correr de los años hasta llegar al concepto actual que abarca tanto los aspectos materiales como inmateriales de un bien en particular. Esto incluye obras de arte, música, literatura, creencias, archivos, rituales y lugares históricos, formando un amplio conjunto de bienes y manifestaciones que son parte integral de la vida social.

 La Ley 1227 “constituye el marco legal para la investigación, preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. En su artículo 4°, enumera las categorías que forman el Patrimonio Cultural. En los distintos incisos, habla de “Sitios históricos vinculados con acontecimientos del pasado” (inciso a); de “Conjunto o grupos de construcciones que por su arquitectura, unidad o integración con el paisaje, tengan valor especial desde el punto de vista arquitectónico, urbano o tecnológico” (inciso c); “Espacios públicos: constituidos por plazas, plazoletas, bulevares, costaneras. calles u otro, cuyo valor radica en función del grado de calidad ambiental, homogeneidad tipológica espacial (…) (inciso e)”.

Al igual que en muchas otras partes de la Ciudad de Buenos Aires, en los últimos años la morfología del barrio de Saavedra se vio seriamente alterada por la innumerable cantidad de proyectos y emprendimientos inmobiliarios que se están ejecutando en la zona, que no sólo atentan contra ese barrio residencial de casas bajas de mediados del siglo veinte, sino que también ponen en peligro el arraigo de su identidad cultural e histórica.

En 2022, el Gobierno de la Ciudad presentó un proyecto para crear un arroyo artificial que siguiera por tierra el curso del Arroyo Medrano. El arroyo dividía en dos al parque y tenía fines exclusivamente inmobiliarios, ya que con la obra buscaba “embellecer” el predio y aumentar el valor inmobiliario de la zona. Entre los fundamentos invocados por vecinos y vecinas en las distintas audiencias públicas en las que se discutió el proyecto, estaban las consecuencias medio ambientales referidas a la contaminación como cuestiones relativas a la seguridad de los vecinos y la alteración cultural, histórica y arquitectónica del parque. Más del 90% de los expositores se pronunciaron en contra y el proyecto también fue rechazado en la junta comunal. Finalmente un grupo de vecinos enviaron una carta al Banco Mundial y lograron frenar el financiamiento de la obra.

El Parque Saavedra reúne todas las atribuciones contempladas en la normativa vigente anteriormente mencionada, ya que tanto a nivel patrimonial como cultural posee características específicas que ameritan la protección y la preservación de su patrimonio para las generaciones futuras. Tanto por su particular composición y su excepcional ubicación en el centro del barrio, cumple una función social insustituible para los vecinos y vecinas de la zona que cotidianamente realizan todo tipo de actividades en su predio.

Por todo lo expuesto y apelando al compromiso de mis pares para continuar construyendo una ciudad sustentable y respetuosa de las características identitarias de sus barrios, solicito el acompañamiento del presente proyecto.

ANEXO

Especies de Árboles del Parque “Cornelio de Saavedra”

  1. Acacia Blanca (Robinia pseudoacacia)
  2. Acacia de Constantinopla (Albizia julibrissin)
  3. Acacia negra (Gleditsia triacanthos)
  4. Álamo Carolina (Populus deltoides)
  5. Anacahuita (Blepharocalix salicifolius)
  6. Anchico colorado (Parapiptadenia rigida)
  7. Araucaria bidwilii (Araucaria bidwilii)
  8. Árbol del Cielo (Ailanthus altissima)
  9. Arce (Acer negundo)
  10. Braquiquito (Brachychiton populneum)
  11. Casuarina (Casuarina causarina)
  12. Cedro (Cedrus atlantica)
  13. Ciprés (Cupressus sempervirens)
  14. Ciprés piramidal (Cupressus sempervirens var. pyramidalis)
  15. Ciprés portugués (Cupressus lusitanica)
  16. Eucalipto saligna (Eucalyptus saligna)
  17. Eucaplipto macho (Eucalyptus camaldulensis)
  18. Fénix (Phoenix canariensis)
  19. Ficus (Ficus benjamina)
  20. Fresno americano (Fraxinus pennsylvanica)
  21. Fresno Europeo (Fraxinus excelsior)
  22. Ginkgo (Ginkgo biloba)
  23. Gomero (Ficus elastica)
  24. Grevillea (Grevillea robusta)
  25. Jacarandá (Jacaranda mimosifolia)
  26. Lapacho rosado (Tabebuia impetiginosa)
  27. Ligustro (Ligustrum lucidum)
  28. Limpiatubos (Callistemon citrinus)
  29. Mora (Morus alba)
  30. Ombú (Phytolacca dioica)
  31. Palo Borracho de flores rosas (Chorisia speciosa)
  32. Palto (Persea americana)
  33. Paraíso (Melia azedarach)
  34. Pata de vaca de flores blancas (Bauhinia forficata)
  35. Pindó (Syagrus romanzoffiana)
  36. Plátano (Platanus x hispanica)
  37. Roble europeo (Quercur robur)
  38. Sauce eléctrico (Salix x erythroflexuosa)
  39. Sauce llorón (Salix babilonica)
  40. Seibo (Erythrina crista – galli)
  41. Tilo (Tilia viridis)
  42. Timbó (Enterolobium contortisiliquum) [Un ejemplar es retoño del notable ubicado en el parque “Gral. Paz” o Luis María Saavedra]
  1. Tipa blanca (Tipuana tipu)
  2. Washingtonia (Washingtonia filifera)
  3. Yatay (Butia yatay)

ANEXO

Especies de Aves del Parque “Cornelio de Saavedra”

1 Gavilán mixto Parabuteo unicinctus
2 Chimango Milvago chimango
3 Carancho Caracara plancus
4 Halcón plomizo Falco femoralis
5 Halconcito colorado Falco sparverius
6 Picazuró Columba picazuro
7 Paloma manchada Columba maculata
8 Torcaza Zenaida auriculata
9 Torcacita Columbina picui
10 Paloma doméstica Columba livia
11 Calancate ala roja Aratinga leucophthalma
12 Cotorra Myopsitta monachus
13 Ñanday Nendayus nenday
14 Loro hablador Amazona aestiva
15 Catita chirirí Brotogeris versicolurus
16 Pirincho Guira guira
17 Caburé Glaucidium brasilianum
18 Picaflor común Chlorostilbon aureoventris
19 Picaflor bronceado Hylocharis chrysura
20 Carpintero real común Colaptes melanolaimus
21 Carpintero campestre Colaptes campestris
22 Carpinterito bataraz Picoides mixtus
23 Chinchero chico Lepidocolaptes angustirostris
24 Hornero Furnarius rufus
25 Benteveo común Pitangus sulfuratus
26 Benteveo rayado Myiodynastes maculatus
27 Churrinche Pirocephalus rubinus
28 Picabuey Machetornis rixosus
29 Suirirí real Tyrannus melancholicus
30 Tijereta Tyrannus savana
31 Piojito común Serpophaga subcristata
32 Golondrina doméstica Progne chalybea
33 Golondrina ceja blanca Tachycineta leucorrhoa
34 Golondrina barranquera Notiochelidon cyanoleuca
35 Golondrina parda Phaeoprogne tapera
36 Ratona común Troglodytes aedon
37 Calandria grande Mimus saturninus
38 Zorzal colorado Turdus rufiventris
39 Zorzal chalchalero Turdus amauruchalinus
40 Fueguero común Piranga flava
41 Celestino común Thraupis sayaca
42 Cardenal común Paroaria coronata
43 Jilguero dorado Sicalis flaveola
44 Chingolo Zonotrichia capensis
45 Cabecitanegra común Carduelis magellanica
46 Boyerito Icterus cayanensis
47 Tordo pico corto Molothrus rufoaxilliaris
48 Tordo renegrido Molothrus bonariensis
49 Tordo músico Agelaioides badius
50 Gorrión Passer domesticus
51 Estornino pinto Sturnus vulgaris

 

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El Barrio

Por tercer año consecutivo, comerciantes de Saavedra realizarán un evento navideño con sorteos, actividades y la presencia de Papá Noel

El encuentro se realizará el 18 de diciembre a las 18 en la plazoleta de Balbín y Plaza. Habrá actividades recreativas para toda la familia.

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Por tercer año consecutivo, la entidad Comercios de Saavedra celebrará un evento navideño con la presencia de Papá Noel, en el que habrá sorteos y actividades recreativas. Se confirmó que se realizará el 18 de diciembre a las 18 en la plazoleta de Balbín y Plaza.

“Por tercer año consecutivo, nuestros comerciantes nos regalan este evento maravilloso para disfrutar en familia y vecinos. No te los pierdas”, señalaron este viernes en Comercios de Saavedra.

Los vecinos que hagan sus compras en los comercios adheridos del corredor comercial en torno a Balbín y el viaducto adquirirán una serie de cupones que se utilizarán el día del sorteo, explicaron los comerciantes a Saavedra Online.

Este evento fue planificado por los responsables de los comercios con el objetivo de celebrar un momento en familia previo a las fiestas de fin de año, también para compartir con la comunidad y dar a conocer el trabajo articulado entre vecinos y comercios del barrio.

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El Barrio

Vecinos de Saavedra rechazan un festival de cumbia que convocará a miles de personas en Parque Sarmiento

Se analizaron qué medidas tomar y se alertó que estos eventos masivos “ya se están haciendo en forma periódica”.

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Vecinos el barrio de Saavedra se reunieron este martes al anochecer en la Asociación de Fomento, Deporte y Cultura Villa Cerini (Arias 4745) para mostrar su rechazo al festival masivo que se anunció para el 14 de diciembre en el Parque Sarmiento.

El encuentro fue convocado por la agrupación Vecinos por la Ecología, informaron sus integrantes a Saavedra Online. “Fue una reunión netamente organizativa”, agregaron.

“Estamos preocupados por la movida del festival, estos eventos ya se están haciendo en forma periódica. No debería hacerse en el Parque Sarmiento, allí hay una reserva ecológica que debería ser protegida a perpetuidad Diversos tipos de aves que sufren con los ruidos que generan, además del alto impacto ambiental en el entorno”, expresaron vecinos que participaron del encuentro.

Vecinos por la Ecología construyó en 2004 el Arboretum Árboles de Buenos Aires dentro del Parque Sarmiento. Se trata de un espacio de conservación ambiental ubicado en uno de los sectores del pulmón verde, cerca del cruce de Balbín y la colectora de la avenida General Paz.

Como había informado Saavedra Online, la fiesta de cumbia La Mágica celebrará la edición “más grande de su historia” el 14 de diciembre desde las 19 en el Parque Sarmiento con la participación de, entre otros, Karina, Damas Gratis, El Polaco, El Original, Mario Luis, Zurita, Diyaneiro, Garachis, Qkara, Kmy y una banda sorpresa.

El pulmón verde del barrio vuelve a ser escenario de festivales masivos de música en vivo. La última experiencia ocurrió este mes, cuando el DJ alemán Boris Brejcha tocó en la noche del 12 de octubre.

El artista se presentó en un escenario montado en la zona de las canchas de rugby, hacia el lado de la avenida General Paz.

Esa jornada estuvo impedido el acceso al parque, lo que generó quejas de vecinos y habitúes del lugar. Del mismo modo, se registraron embotellamientos en la zona de Balbín y General Paz, otro tema que puso en alerta a los residentes.

Ante la denuncia de vecinos y ambientalistas, la Defensoría del Pueblo de la CABA emitió una recomendación al Gobierno porteño para elaborar un plan de cuidado de la biodiversidad del parque y también se contemplen medidas de contención ante eventos masivos, como el que se vivirá a mediados de diciembre.

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El Barrio

El Consejo Consultivo Comunal 12 se reunirá en la Vecinal de Saavedra para tratar problemáticas hídricas del barrio

El encuentro se realizará este miércoles 20 noviembre a las 19:30 en Av. Balbin 4221.

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Foto de archivo

La próxima asamblea ordinaria del Consejo Consultivo Comunal 12 se realizará el día miércoles 20 noviembre a las 19:30 en la Vecinal de Saavedra, Biblioteca Popular 25 de Mayo ( Av. Balbin 4221).

Según adelantó su Comisión de Organización, también se podrá seguir de forma online a través de este enlace de Zoom. ID de reunión: 813 1723 9994. Código de acceso: 360126.

Durante la reunión se analizará una propuesta de vecinos de Saavedra y alrededores elaborada en el marco del tratamiento a la Ley de aprobación inicial por los ajustes al Código Urbanístico porteño, elaborados por el Poder Ejecutivo. Del 6 al 15 de noviembre se celebró en la Legislatura la Audiencia Pública correspondiente, que contó con la participación de varios ciudadanos locales.

Los vecinos elaboraron un documento con propuestas para prevenir riesgos hídricos en las manzanas afectadas por el paso subterráneo del entubamiento del Arroyo Medrano, en Saavedra y Núñez.

Dicho documento contempla una propuesta de Ley para que las “nuevas obras cuya superficie cubierta sea de más de doscientos metros cuadrados (200 m2) y su altura máxima sea superior a once metros con sesenta centímetros (11,60 metros) y se encuentren dentro de los polígonos determinados por el Plano N° 7.2.8.3.1 como áreas de prevención de Riesgo Hídrico, deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que se ponga a conocimiento y consideración previa de la comunidad a través de la Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal correspondientes, que incluya medidas para implementar la ralentización e infiltración de conformidad al presente artículo y la normativa de edificación que regule la materia”.

“La recurrencia y severidad de estos episodios de inundación subraya la necesidad de implementar medidas efectivas de gestión hídrica a nivel local. Este proyecto de ley propone establecer obligaciones específicas en el Código Urbanístico para la ralentización e infiltración del agua de lluvia en nuevas edificaciones ubicadas en áreas de riesgo hídrico. Las soluciones locales, como la instalación de sistemas de infiltración y depósitos temporales de retención de agua, permiten una gestión del agua en el sitio de captación, contribuyendo a reducir la sobrecarga en los sistemas de drenaje pluvial y disminuyendo así el riesgo de inundación en áreas circundantes. Estas disposiciones buscan fortalecer la capacidad de adaptación de la ciudad frente al cambio climático y a fenómenos de precipitación extrema que se han vuelto cada vez más frecuentes”, fundamenta la propuesta vecinal.

Este miércoles los vecinos del Consultivo leerán y debatirán este texto, a fin de evaluar su muestran su acompañamiento.

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